El magistrado de la Corte Suprema, Brett Kavanaugh expreso: “Durante el proceso de deportación, un no ciudadano que demuestre una probabilidad de tortura en el país de expulsión tiene derecho a la ayuda de conformidad con la Convención internacional contra la Tortura (CAT) y no puede ser trasladado a ese país”.
¿A quiénes afecta esta decisión de la Corte Suprema?
Podrán apelar las personas que reciben una orden de deportación que, aunque cometieron ciertos delitos que los hacen deportables pueden comprobar que su vida corre peligro en sus países bajo la ley de CAT, Convención Internacional contra la Tortura.
OJO:
El solicitante tendrá que comprobar que califica para protección bajo la Convención Internacional contra la Tortura (CAT).
¿Qué indica el dictamen?
Si un juez de inmigración da la orden de deportación y niega la protección de CAT, la persona que no es ciudadana puede apelar las dos órdenes ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y luego ante un tribunal federal de apelaciones.
¿En qué caso se basó esa decisión?
La decisión fue basada por el caso de Nidal Khalid Nasrallah, el cual lo iban a deportar a su país (Líbano) por cometer ciertos delitos. Por temor que iba ser torturado en su país de origen, sus defensores solicitaron la protección bajo CAT y el juez del tribunal de inmigración negó el caso.
OJO:
Esta es información general. Para respuestas específicas de su caso consulte con su abogado. Si no tiene un abogado, asegúrese de consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración.
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