¿CUÁNDO ABRIRÁN LOS CONSULADOS AMERICANOS Y EMBAJADAS AMERICANAS DE LOS ESTADOS UNIDOS?

Cuatro meses después de suspender los servicios de las embajadas Americanas y consulados Americanos de Estados Unidos, debido a la pandemia del Covid-19. El Departamento de Estado anunció que prepara la reapertura y que planean hacerlo de una manera gradual “dependiendo de las condiciones en cada país” con relación a la pandemia.

¿Qué dio a conocer el Departamento de Estado?

Dio a conocer que por el momento no hay fechas específicas y que las aperturas dependen de la situación del COVID-19 que se vive en cada país.

Adicionalmente, el Departamento de Estado indicó que para garantizar la seguridad de los empleados tendrán en cuenta las recomendaciones de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de cada nación sobre el virus COVID -19. 

¿Cómo darán a conocer las fechas de reapertura?

Por medio de las páginas digitales de cada consulado Americano y/o embajada Americana de Estados Unidos. Ahí se publicará “información con respecto al estado operativo y qué servicios actualmente se están ofreciendo”. Adicionalmente, el Departamento de Estado indicó que “las personas deben seguir las orientaciones proporcionadas en cada sitio web”.

¿Qué servicios de emergencia no fueron suspendidos?

– La emisión de visas para misiones críticas como por ejemplo: 

  • Trabajadores que laboran para combatir la pandemia
  • Trabajadores de la cadena alimenticia

– Viajeros con necesidades urgentes.

– M-1 estudiantes que solo pueden tomar clases en el establecimiento que se aprobó la solicitud y

– J-1 para visitantes de intercambio que participan en programas de intercambio cultural

– Algunos familiares de ciudadanos estadounidenses.

¿Qué indicó el Departamento de Estado en relación al personal médico del extranjero?

Indicó que “Por lo general el programa J-1 para un médico extranjero residente se puede extender por un año a la vez hasta por siete años”, Y recordó que los médicos extranjeros tienen que tomar en cuenta “que la fecha de vencimiento de una visa no determina cuánto tiempo se puede estar en el país”.

El Departamento de estado también indicó que, para confirmar la fecha de salida requerida, los médicos bajo el programa ECFMG pueden consultar la página https://i94.cbp.dhs.gov/I94/#/home.

NOTA:

Para más información visite ente link: https://travel.state.gov/content/travel/en/News/visas-news/phased-resumption-routine-visa-services.html

OJO:

Esta es información general. Para respuestas específicas de su caso consulte con su abogado.  Si no tiene un abogado, asegúrese de consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración.


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