¿Me puede pedir mi esposo residente para recibir la residencia?

En esta ocasión le compartimos la pregunta de una seguidora quien nos comenta que ha vivido en Estados Unidos desde el año 2000. Indica que entró al país con una visa, que no salió del país, que no ha cometido ningún delito, y que no tiene ninguna solicitud registrada en el pasado, nos pregunta si es posible que su esposo registre una petición para que ella reciba su residencia legal.

¿Puede pedirme mi esposo residente?

Las leyes de inmigración dictan que un Residente Permanente Legal puede registrar una petición por: 

  • Su cónyuge
  • Hijos solteros de cualquier edad. 

Por lo que en este caso, el esposo residente SÍ puede registrar una petición familiar ante el Servicio de Inmigración. 

Aunque su esposo residente legal sí puede registrar una petición por usted, esto NO significa que recibirá la Residencia automáticamente. 

¿Debo salir del país para una cita consular?

En algunos casos sí es necesario que la persona salga de los Estados Unidos para la entrevista en el Consulado o Embajada Americana de su país de origen; sin embargo, se debe tener mucho cuidado ya que podría recibir el castigo de los 3 y 10 años. 

¿Puedo recibir el castigo de los 10 años aunque entré con visa?

SÍ. Las leyes de Inmigración dictan que quienes han acumulado presencia ilegal en Estados Unidos después del 1 de abril de 1997 durante 180 días o más de un año, recibirán el castigo de los 3 y 10 años al salir de los Estados Unidos. 

Conozca más información acerca del castigo de los 10 años visitando el siguiente enlace: https://bit.ly/3DB89Uh

¿Debo solicitar un perdón para este castigo?

Para estos castigos existe el Perdón I-601A; sin embargo, NO todas las personas califican para él.

En el siguiente enlace le compartimos quienes califican para este perdón y los requisitos que deben cumplirse: https://bit.ly/3n4SIfh

En el caso de nuestra seguidora, lo mejor sería que si esposo califica, solicite la ciudadanía. Porque al tener un esposo ciudadano, el hecho que ingresó con una visa la ayudaría a registrar un trámite para recibir la residencia aquí sin tener que salir del país. Para leer más acerca de esta oportunidad, sírvase leer la siguiente pregunta. 

¿Hay alguna forma de recibir la residencia sin tener que salir del país?

En algunos casos SÍ es posible que la persona pueda continuar su trámite de residencia dentro de Estados Unidos y no tener la necesidad de salir del país, como por ejemplo: 

  • Si cuenta con la protección de la 245(i): Deberá analizarse si la persona cuenta con esta protección para poder continuar su trámite en los Estados Unidos.

    Le compartimos más información acerca de la 245(i) en el siguiente enlace: https://bit.ly/3uL0tLJ
  • A través de un ajuste de estatus: Otra forma en que puede continuar su trámite de Residencia sin salir de Estados Unidos es a través de un ajuste de estatus, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos

    En el caso de nuestra seguidora, como entró con una visa, le ayudaría mucho si su esposo se convierte en ciudadano estadounidense para poder solicitar un ajuste de estatus dentro de Estados Unidos.

    Conozca más sobre el ajuste de estatus visitando el siguiente enlace: https://bit.ly/3I4Ppga

Debido a que todo caso de inmigración es diferente ya que tiene diferentes factores, le le recomendamos que consulte a un abogado experto en las leyes de inmigración para que analice todos los factores del caso y le indique lo mejor para arreglar su situación en los Estados Unidos. 

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. 

Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. 

Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez.com

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