30 de octubre 2020
¿Qué es la ley 245 (i)?
La ley 245 (i) , es una sección de ley, bajo la cual personas que viven en Estados Unidos sin un estatus legal migratorio pueden solicitar su residencia por medio de un Ajuste de Estatus sin tener que salir del país. Es importante mencionar que esta sección de ley expiró el 30 de Abril de 2001.
¿Qué tengo que hacer para tener la protección 245(i) ?
Para contar con esta protección tienen que haberse tomado los siguientes pasos.
- Registrar una petición familiar o laboral antes del 30 de Abril del 2001.
- Si su petición fue registrada después de enero 14 de 1998 Tiene que comprobar que vivió en Estados Unidos antes de diciembre 21 del 2000.
- La petición laboral o familiar tiene que haber sido aprobable cuando se registró.
NOTA:
Tiene que cumplir con cada uno de los requisitos arriba mencionada o no tiene la protección de la sección de ley 245(i)
OJO:
El hecho de tener protección de la 245(i) NO es suficiente para calificar para una residencia legal. Asegúrese que su caso y todos los factores de su historial sean analizados por un abogado experto en las leyes de inmigración antes de registrar cualquier trámite de inmigración.
¿Cuáles son algunas razones porque El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), me puede negar la protección de la 245(i)?
Aquí algunos ejemplos.
– Aunque exista evidencia que la petición se registró antes de abril 30 del 2001, si la solicitud NO contiene las firmas necesarias, la petición será rechazada. El Servicio de Ciudadanía e Inmigracion (USCIS) usará la fecha cuando recibe la petición corregida y no la fecha anterior.
– Se envió la petición para un familiar que no califica bajo las leyes de inmigración. Por ejemplo, un tío no puede pedir a su sobrino.
– Se registró la solicitud, pero el cheque no tenía fondos.
Por favor visite el siguiente enlace para ver un video que contiene más información:
- https://jessicadominguez.com/videos/hablando-de-inmigracion/inmigracion-por-que-no-tengo-la-proteccion-245i-aunque-mande-la-peticion-a-tiempo/
- https://www.youtube.com/watch?v=IjkYtOLzTzQ
¿Existe una multa que tiene que pagar?
Si, para aplicar tiene que pagar una multa de $1,000.00. en el momento que registre un ajuste de estatus.
¿No tengo la protección de la 245(i) debe mi familiar registrar una petición para mí?
Antes de registrar cualquier petición debe asegurarse que usted califica, no solamente para una petición familiar sino también para su residencia legal.
Para mayor información visite el siguiente link: https://jessicadominguez.com/videos/inmigracion-deben-registrar-una-peticion-para-mi-si-no-tengo-la-proteccion-245-i/
¿Cómo se si ya llego mi fecha de prioridad?
Para determinar si su fecha de prioridad ya está disponible puede ir al Boletín de Visas.
El siguiente link explicamos como puede leer el Boletín de Visas: https://jessicadominguez.com/blog/cual-es-la-diferencia-entre-la-tabla-a-y-b-del-boletin-de-visas/
En el siguiente link encuentra el Boletín de Visas de cada mes:
Esta sección de ley, expiró en abril 30 del 2001, mucho cuidado con las personas que le pueden ofrecer solicitar la 245 (i) en estos momentos.
Evite el fraude y asegúrese de consultar su caso con un abogado experto en las leyes de immigracion.
OJO:
Esta es información general y se comparte con el solo propósito de informar. No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso.
Para respuestas específicas de su caso consulte con su abogado. Si no tiene un abogado, asegúrese de consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración.
Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez.com/