¿Quiénes califican para el perdón I-601A?

Conozca los requisitos para el perdón I-601A

Hoy en día muchas personas quieren solicitar el perdón I-601A; sin embargo, desafortunadamente no todas califican para ello.

¿Qué es un perdón I-601A?

Las personas que necesitan pedir un perdón para los castigos de los 3 y 10 años, tienen la oportunidad de registrar la petición del perdón dentro de los Estados Unidos. 

Cuando el perdón sea provisionalmente aprobado, la persona tendrá que salir de Estados Unidos para su cita consular. 

¿Quiénes necesitan un perdón I-601A?

Aquellas personas que acumulan presencia ilegal en Estados Unidos y reciben los castigos de los 3 y 10 años. 

  • Si vive ilegalmente en Estados Unidos durante 180 días o más podría recibir el castigo de los 3 años. 
  • Si vive ilegalmente en Estados Unidos durante 1 año o más, podría recibir el castigo de los 10 años. 

¿Quiénes SÍ califican para un perdón I-601A?

Califican para el perdón aquellas personas que: 

  • Sean mayores de 17 años, 
  • Tener una petición familiar (I-130) aprobada, 
  • Tener un cónyuge o padres que sean residentes permanentes legales o ciudadanos estadounidenses, entre otros requisitos. 

¿Quiénes NO califican para el perdón I-601A?

NO califican para este perdón aquellas personas que: 

  • Tienen entradas y salidas irregulares de los Estados Unidos, 
  • Tienen previas deportaciones, 
  • Han cometido delitos graves, entre otros. 

NOTA: Si desea leer todos los requisitos para saber si califica o no para este perdón, INGRESE AQUÍ.

¿Un hijo me puede ayudar con mi perdón?

NO. Un hijo o un hermano no ayudan a calificar para el perdón. Únicamente pueden ayudarle un cónyuge o padres quienes sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales. 

De igual forma, le recomendamos visitar y consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración para que le ayude a preparar su solicitud de perdón y a resolver todas sus dudas. 

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. 

Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. 
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