¿Tengo que SALIR de Estados Unidos para la entrevista de RESIDENCIA?

¿Hay que salir del país para la entrevista de Residencia?

¿Es necesario salir de los Estados Unidos para la entrevista de Residencia? Continúe leyendo para conocer la respuesta. 

¿Qué es la Residencia Permanente Legal?

La Residencia Permanente Legal es un estatus otorgado a las personas que cumplen con todos los requisitos. Este estatus les permite trabajar y vivir indefinidamente en los Estados Unidos. 

Además, después de cierto tiempo, los Residentes Permanentes Legales pueden iniciar su trámite para solicitar la Ciudadanía Estadounidense.

¿Debo salir del país para mi entrevista de Residencia?

En la mayoría de los casos, las personas DEBEN salir de Estados Unidos hacia su país de origen a su cita consular para la residencia.

Sin embargo, si vivieron por más de  180 días o un año ilegalmente en el país, cuando salgan y quieran reingresar a Estados Unidos, podrían recibir el castigo de los 3 y 10 años. 

Entrevista para la residencia permanente legal.

¿Cuáles son los castigos de los 3 y 10 años?

Una persona que ha vivido ilegalmente en los Estados Unidos por cierto tiempo podría recibir el castigo de los 3 y 10 años por acumular presencia ilegal en el país. 

  • Si ha vivido ilegalmente en Estados Unidos por 180 días o más, podría recibir el castigo de los 3 años. 
  • Si ha vivido ilegalmente en Estados Unidos por 1 año o más, podría recibir el castigo de los 10 años. 


NOTA: Si desea conocer más acerca de estos castigos y cómo evitarlos, ingrese AQUÍ.

¿Qué pasa si recibo uno de estos castigos al querer reingresar a Estados Unidos?

En la mayoría de los casos, las personas deben cumplir estos castigos; sin embargo, hay un perdón para estos pero no todas las personas califican para el perdón I-601A. 

Conozca más acerca del perdón I-601A AQUÍ.

¿Todos los solicitantes de la residencia deben salir de los Estados Unidos para su cita consular?

NO. No todos los solicitantes deben salir de los Estados Unidos hacia su país de origen para su cita de la residencia. Las personas que cuentan con la protección de la 245(i) pueden obtener la Residencia sin tener que salir de los Estados Unidos. 

Siempre le recomendamos que visite a un abogado experto en las leyes de inmigración para que analice todos los factores de su caso y le indique lo mejor que puede hacer para arreglar su estatus en los Estados Unidos. 

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. 

Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. 

Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez.com

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