¿Su hermano lo pidió y quiere saber si ya califica para su residencia?

Conozca qué hacer para determinar si su fecha de prioridad ya está vigente para continuar con el trámite de residencia.

En esta ocasión respondemos a la pregunta de uno de nuestros seguidores en redes sociales, quien nos cuenta que su hermano lo pidió en Febrero 21 del 2001 y quiere saber si ya puede solicitar su residencia. 

Para que una persona que ya tiene una petición familiar pueda solicitar la residencia, primero tiene que asegurarse que su fecha de prioridad esté vigente. 

¿Qué es una fecha de prioridad?

La fecha de prioridad es la fecha en que su familiar registró una petición por usted con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS). 

Conozca más acerca de la fecha de prioridad visitando INGRESANDO AQUÍ.

¿Cómo sé si mi fecha de prioridad ya está vigente?

Para conocer si una fecha de prioridad ya está vigente o no, deberá consultar el boletín de visas. 

¿Cuánto tiempo debo esperar a que mi fecha de prioridad esté vigente?

El tiempo de espera dependerá de varios factores, por ejemplo: 

  • La categoría en la que usted se encuentre o quién lo pidió,
  • Su país de origen. 

Acá un ejemplo: 

El usuario que nos mandó su pregunta tiene un hermano ciudadano estadounidense. El usuario es de México y su hermano lo pidió en Febrero 21 del 2001.

Utilizando como referencia el boletín de visas de mayo 2022, le compartimos los pasos para que la persona determine si su fecha de prioridad ya está vigente o no. 

Primer paso

Ubique la categoría a la que pertenece o quien lo pidió. 

En este caso un hermano de un ciudadano estadounidense, pertenece a la categoría F4. 

Segundo paso

Ubique el país del cual es originario el beneficiario. 

En este caso, este ejemplo, nuestro seguidor es de México. 

Tercer paso

Anote la fecha que aparece debajo de su país y en su categoría. 

Esa es la fecha que Inmigración usa para aceptar solicitudes de personas que ya pueden solicitar la residencia. 

En otras palabras, si su petición fue registrada en o antes de:

Tabla A:

Enero 01 del 2000, 

La persona puede registrar sus solicitudes para la residencia, siempre y cuando un abogado experto en leyes de inmigración analice su caso. 

Tabla B:

Marzo 01, 2001 

La persona puede registrar sus solicitudes de residencia si su petición familiar fue registrada en o antes del 01 de marzo del 2001, pero debido a que su fecha de prioridad no está vigente todavía bajo la tabla A, aunque Inmigración no le otorgará la residencia a menos el beneficiario podrá recibir un permiso de trabajo mientras su trámite está pendiente. 

En el caso de nuestro seguidor que nos mandó la pregunta, él nos cuenta que su petición se registró en Febrero 21 del 2001. 

De acuerdo a la Tabla A, Inmigración está aceptando y otorgando la

Residencia legal aquellos que cuentan con la fecha de prioridad de Enero 01, 2000 o antes. 

Aunque al usuario Inmigración no le otorgara todavía la residencia por lo menos debido a que la tabla B está en la fecha de Marzo 01, 2001, 

nuestro seguidor quién tiene fecha de prioridad de Febrero 21 del 2001 podrá registrar sus solicitudes de residencia y recibir un permiso de trabajo hasta que su fecha de prioridad llegue a estar vigente bajo la Tabla A. 

OJO:

El beneficio de recibir un permiso de trabajo, es para aquellos que registran su trámite aquí dentro de los Estados Unidos. 

¿Dónde puedo encontrar el Boletín de visas?

Puede encontrar este documento emitido por del Departamento de Estado visitando el siguiente enlace: https://bit.ly/3877Epb

También, mensualmente lo podrá encontrar en español en https://jessicadominguez.com/ le compartimos el boletín de visas actualizado. 

Este es el boletín de visas con las fechas para mayo 2022. 

¿Qué debe hacer si su fecha de prioridad ya está vigente?

Aunque su fecha de prioridad esté vigente en el boletín de visas, significa que ya se podrían registrar las solicitudes para que usted reciba la Residencia Permanente Legal, esto no es suficiente. 

El tener una fecha de prioridad vigente NO es suficiente para poder recibir la residencia. Usted tendrá que cumplir con todos los requisitos. 

Le recomendamos consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración para que analice su caso y le indique la mejor manera de continuar y que así pueda obtener la residencia permanente legal con ayuda de su hermano ciudadano. 

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. 

Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. 

Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez.com

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