La Corte de Apelaciones del 5to circuito dictaminó que el tener TPS no es suficiente bajo las leyes de inmigración, para que ciertas personas puedan recibir aquí, dentro del país, la Residencia Legal Permanente.
9 de febrero 2021 Jueces de la Corte de Apelaciones del 5to Circuito dictaminaron que el tener Estatus de Protección Temporal (TPS) no es suficiente